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sábado, 24 de junio de 2023

Los andenes cosas del pasado


 

La administración municipal solía estar de acuerdo en que el peatón era el único usuario legítimo de los andenes. Para el peatón estaba claramente definido que los andenes debían despejarse puesto que eran para uso del respetable público y desde luego, se prohibía otras actividades “disruptivas” y “molestas”. Pero en tiempos críticos, difíciles de manejar, debemos recordarles a los vendedores ambulantes y sus defensores la norma cívica de que el “andén” es el hermoso espacio para que “ande” la gente sin obstáculos y que debe ser protegida por la autoridad competente.

Desde luego, las ciudades, necesitan enfoques innovadores que hagan posible integrar actividades diversas, usos complejos y, a menudo, objetivos contradictorios con el fin de asegurar los espacios urbanos plurales, abiertos a todos los públicos. Pero, la actividad del comercio ambulante, realizada de manera cotidiana en la vía o lugares públicos por personas llevando sobre su cuerpo las mercaderías o sobre algún medio de transporte, deteniéndose en algún lugar en forma itinerante (que va de un lugar a otro sin permanecer mucho tiempo fijo en un mismo lugar) solamente por el tiempo indispensable para realizar una sola transacción, si así se llevara a cabo, sería maravilloso. Sin embargo, ello no es así.

En los tiempos que corren en Popayán, lo que existe, en cantidades preocupantes, es la informalidad laboral presentando una visión de usos múltiples considerados como “actividades de subsistencia” presumiendo el uso legítimo del espacio público. Así, ofrecen venden, funcionan, o llevan a cabo negocios de venta de comidas o mercancías desde un carro de empuje, estantes, mostradores, mesas, carros, vitrinas, u otro transporte no motorizado, sobre los andenes que son de uso público.

Replicas y refutaciones van y vienen exponiendo dos visiones contradictorias. Un amplio sector social sostiene que se debe mantener los andenes libres, limpios, ordenados y agradables, como espacio de conexión entre puntos de origen y de destino; sirviendo, al mismo tiempo, a comerciantes de establecimientos allí localizados que pagan impuestos al municipio.  Y la otra visión contrapuesta, que se apropia de forma activa de los andenes o aceras para revender chucherías o artículos. Desde luego, evidenciando una necesidad sentida de las condiciones actuales de este grupo poblacional y, que obliga a diseñar planes, proyectos y programas destinados a mejorar la calidad de vida de los vendedores informales y su relación con el espacio público. 

El choque de estas dos posiciones ha generado y sigue generando controversias y disputas poniendo en entredicho el uso del suelo de la ciudad. Por un lado, los vendedores ambulantes defendiendo su derecho a la ciudad y a sus espacios públicos para realizar sus actividades comerciales sin gastos de arrendamiento o servicios públicos. Y, por otra parte, los comerciantes legalmente establecidos que, junto con los amantes de la ciudad, manifiestan su inconformidad al ser perjudicados por el desorden, la congestión y la competencia desleal impuesta por aquellos. En medio de esos dos enfoques e intereses, se encuentra la autoridad municipal tratando de hacer cumplir las directrices en un papel - Decreto 801 de 2022- que estipula la primera política pública de vendedores informales, que protege los derechos que los cobija, pero sin crear las herramientas para acceder al empleo formal, por ejemplo.

En todo caso, las luchas sociales y políticas sobre el uso del espacio público, raramente serán resueltas en su totalidad a través de mecanismos de regulación y ordenamiento urbano. Dificil intento por eliminar, contener o prohibir actividades controversiales, pues a menudo se confunde la concepción del espacio público. Ello implica considerar en la solución entender la diversidad de capacidades, habilidades y limitaciones de las personas que los usamos. Se evidencia la necesidad de un espacio público, bien sea la plaza, la calle o cualquier otro rincón que propicie la pluralidad de actividades y concurrencia.

Entretanto, la letra muerta del artículo 82 de la Constitución Política, dispone que corresponde al Estado velar por la "integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular".

Civilidad: El cambio será posible, cuando haya sinergia entre el Gobierno y el sector privado.

 

 

 

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